INSS: consulte las nuevas reglas para la prueba de vida

La prueba de vida es un trámite obligatorio para los beneficiarios del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) que reciben sus prestaciones a través de una cuenta bancaria. Por tanto, este procedimiento es una medida de seguridad adoptada por el INSS para prevenir fraudes y garantizar que las prestaciones sólo se paguen a los beneficiarios que estén vivos y en condiciones de recibirlas.

De esta manera, la prueba de vida tiene como objetivo proteger los bienes públicos y garantizar que los recursos se asignen de manera adecuada. Por lo tanto, todos los beneficiarios del INSS deben realizar prueba de vida anualmente. Esto incluye a jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones por enfermedad, entre otros. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la suspensión del beneficio.

Cómo funciona la prueba de vida del INSS

Por lo tanto, desde la publicación de la Ordenanza MPS n° 723, de 8 de marzo de 2024, el INSS viene utilizando como marco temporal la última prueba de vida procesada. Así, a partir de esa fecha, el INSS tendrá 10 meses para identificar interacciones ciudadanas en bases de datos compartidas para nuevas pruebas de vida, que podrían ser:

  • Acceso a la aplicación Meu INSS;
  • Biometría en sucursales bancarias;
  • Obtener un préstamo con datos biométricos;
  • Peritaje médico, presencial o remoto;
  • Registro o reinscripción ante organismos de tránsito o de seguridad;
  • Emisión de documentos, como pasaporte, licencia de conducir y permiso de trabajo;
  • Votar en elecciones;
  • Actualización del Registro Único de Programas Sociales del Gobierno Federal (CadÚnico);
  • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF);
  • Entre otros.

No obstante, si no fuera posible acreditarlo cruzando los datos, el INSS solicitará al beneficiario que realice el trámite de otra forma.

Prova de Vida INSS
Imagen: Marcello Casal Jr. / Agência Brasil

¿Quién no necesita someterse al procedimiento?

Sin embargo, es importante recordar que los siguientes beneficiarios del INSS no necesitan presentar prueba de vida:

  • Beneficios que duran hasta un año;
  • Prestaciones concedidas hace menos de un año, como seguro de defensa y paga por maternidad.

Imagen: Marcello Casal Jr. / Agência Brasil