Recuperando la devolución del IR de una persona fallecida

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La Receita Federal distribuye la devolución del IR a los beneficiarios legales de manera diferente que a los contribuyentes principales. ¡Vamos a aclararlo!

Los herederos tienen acceso a varias ventajas que pertenecerían a personas ya fallecidas. Uno de esos derechos es la devolución del Impuesto sobre la Renta. El próximo jueves (31), la Receita Federal anunciará el 4.º lote, distribuyendo a 6,11 millones de contribuyentes un monto de R$ 7,5 mil millones.

La manera en que la Receita Federal transfiere la devolución del IR a los herederos no es la misma que utiliza para los contribuyentes originales. Generalmente, el importe se deposita directamente en la cuenta que el contribuyente indicó al completar su declaración. Sin embargo, para los sucesores, presentar ciertos documentos es esencial.

¿Cómo puede un sucesor obtener la devolución del IR de alguien que falleció?

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Si existen bienes que deben ser incluidos en el inventario o incluso en ausencia de estos y de herederos, la devolución se realiza mediante un Auto Judicial o una Escritura Pública Extrajudicial. Uno de estos instrumentos debe determinar el derecho del heredero y la fracción que debe recibir.

Sin embargo, la elegibilidad para el reembolso de una persona fallecida cambia si no existen bienes que inventariar. Según el sitio web de la Receita, los cónyuges, parejas, hijos y otros dependientes de la persona fallecida reciben el beneficio conforme a lo establecido por la legislación previsional o militar.

En ausencia de bienes que inventariar, ¿qué documentos debe presentar el heredero?

Esta es la lista de los documentos requeridos:

  • Certificado de defunción;
  • CPF de los herederos;
  • Declaración que afirme la inexistencia de bienes para inventariar y la veracidad de los documentos proporcionados;
  • Certificado de dependencia proporcionado por el Instituto Nacional del Seguro Social (INSS) u otra entidad previsional;
  • Información bancaria de los herederos (cuenta corriente o de ahorros).

¿Depositaron el importe en la cuenta de la persona fallecida: cuál es el siguiente paso?

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Por lo tanto, si el heredero se da cuenta de que el importe fue depositado en la cuenta de la persona fallecida, debe ponerse en contacto con el banco para solucionar la situación. Es importante señalar que esta práctica sigue las directrices del Banco Central (BC).

Por otro lado, si el gobierno remite el importe y la transacción no se efectúa, pero el valor está accesible, el beneficiario debe dirigirse al Banco do Brasil con la documentación correcta. Sin embargo, si hay múltiples beneficiarios, deben realizar la solicitud directamente ante la Receita.




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