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El Tribunal Superior de Justicia (STJ) presenta una nueva visión sobre el embargo de salarios. ¡Descubra cómo se pondrá en práctica esta nueva decisión!
El STJ introdujo una nueva visión sobre el embargo de salarios. Antes de este reciente cambio, las personas que ganaban menos de 50 salarios mínimos o pagaban una pensión alimenticia no sufrían embargos sobre sus ingresos.
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Sin embargo, a partir de ahora, se produce un cambio en estas circunstancias. Esta modificación puede afectar a muchos trabajadores, por lo que es esencial profundizar en estos cambios.
No obstante, aunque la legislación prevea el embargo salarial, debe garantizar los derechos de los trabajadores y de sus familias, preservando unos ingresos suficientes para mantener la vida.
Comprenda qué ha cambiado ahora
Ahora, la embargabilidad es relativa y depende de cada situación. Por lo tanto, si tiene deudas, su salario puede ser embargado, según el criterio del juez de su caso.
De este modo, cada caso es único y, si el juez decide que usted tiene capacidad financiera para destinar parte de su salario al pago de la deuda, esto puede ocurrir.
Así, esta nueva orientación busca un equilibrio entre el pago al acreedor y la capacidad del deudor para continuar con su vida normalmente.
¿Se embargará el salario por todas las deudas?
Dependerá del valor de la deuda y del salario total. Por ejemplo, en abril de este año, el STJ juzgó un caso en el que el deudor debía R$ 100 mil y ganaba un salario de R$ 8,5 mil.
Sin embargo, en esta situación, el STJ rechazó la solicitud de embargo del 30% del salario. No obstante, en otro caso juzgado en abril, el STJ permitió embargar el 10% del salario del deudor.
La decisión se produjo porque el importe no afectaría la dignidad del deudor. Por lo tanto, de ahora en adelante, todo dependerá de las condiciones de vida de cada deudor.
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